Pagar el impuesto predial en Colombia es un trámite que tienes que hacer cada año si eres dueño, posees o tienes el usufructo de un inmueble urbano o rural. Este pago normalmente lo haces ante la Secretaría de Hacienda Distrital.
Ahora puedes consultar y pagar en línea. Desde la web puedes declarar y cumplir con el impuesto, escoger si pagas por cuotas, acceder a descuentos por pronto pago o aplicar exenciones según el tipo de predio y tus condiciones.
Cómo consultar y pagar el impuesto predial en línea en Colombia
Ahora puedes consultar y pagar el impuesto predial en línea desde cualquier lugar, siguiendo unos pasos sencillos. Para la vigencia 2026, la herramienta principal es el botón “Pagos Bogotá”, ubicado en el sitio web oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Tú puedes consultar el valor que tienes que pagar y elegir si pagas el impuesto de inmediato o descargas el recibo para llevarlo a un banco autorizado o a una ventanilla extendida.
Para pagar, entra al portal de la Secretaría, haz clic en “Pagos Bogotá”, elige “Predial 2026”, escribe los datos del predio (como el número de CHIP o la matrícula inmobiliaria) y revisa el valor que te liquida el sistema.
Antes de finalizar, puedes decidir si incluyes el aporte voluntario de hasta el 10 % sobre el valor del impuesto para apoyar proyectos sociales de la ciudad.
Tú puedes consultar obligaciones pendientes de años anteriores directamente en la Oficina Virtual con los datos de tu predio. En ese mismo sitio descargas los recibos, haces pagos electrónicos y revisas el histórico tributario.
Puedes pagar también desde los portales de los bancos, usando billeteras digitales como DaviPlata o DALE, o de forma presencial en oficinas de entidades financieras autorizadas y en puntos Móvil Davivienda.
Antes de pagar, revisa con tiempo las fechas límite y las condiciones para acceder a descuentos o planes especiales. Cada año pueden cambiar y dependen de la forma en que elijas pagar.
Requisitos y pasos para declarar el impuesto predial en Bogotá

Documentación e ingreso a la Oficina Virtual
Para declarar el impuesto predial, el primer paso es estar registrado en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda de Bogotá. El registro se realiza con un correo electrónico y una contraseña segura. Si ya tienes cuenta, basta con iniciar sesión con tus datos.
Declaración y liquidación en línea
En el portal, selecciona la opción para generar declaración, elige “Impuesto predial” y el año gravable. Debes completar los datos del predio, como el CHIP y demás información relevante. El sistema permite simular el valor a pagar antes de presentar la declaración definitiva, lo que ayuda a planear el pago.
Luego de verificar la liquidación, según seas persona natural o jurídica, debes firmar la declaración (“Firmar” para naturales, “Firmar y agregar” para jurídicas) y presentarla en línea. Una vez hecho esto, se habilita la opción para descargar el recibo de pago y efectuar la cancelación a través de los canales autorizados.
Formas de pago disponibles
Puedes pagar el impuesto en línea desde el portal de la Secretaría, los portales de los bancos o usando billeteras digitales. También tienes la opción de hacerlo de forma presencial en bancos y ventanillas extendidas. Puedes usar efectivo, tarjeta débito o crédito, y si prefieres pagar en una entidad financiera, lleva el recibo impreso para que el trámite sea más rápido.
En situaciones donde el predio tiene varios propietarios, la factura puede consultarse con los datos de cualquiera de ellos. Para casos de fideicomisos o leasing, los recibos deben solicitarse en puntos presenciales.
Todos los trámites del impuesto predial son gratuitos y no necesitas intermediarios. Lleva siempre tu documento de identidad y la información básica del predio (CHIP, matrícula, etc.).
Opciones de pago por cuotas y beneficios por pronto pago

Pago por cuotas: Sistema SPAC
Si vives en Bogotá y tienes un predio residencial o no residencial, puedes inscribirte al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC). Así puedes pagar el impuesto predial en cuatro cuotas iguales y sin intereses.
Si quieres usar esta modalidad en 2026, tienes que presentar la declaración inicial en la Oficina Virtual antes del 8 de mayo. Los pagos se distribuyen así: primera cuota el 5 de junio, segunda el 14 de agosto, tercera el 2 de octubre y cuarta el 4 de diciembre.
Una vez escogido el pago por cuotas, no es posible usar la factura tradicional ni acceder al descuento por pronto pago. Los recibos de cada cuota se descargan desde la Oficina Virtual en la opción de “Consultas” y “Obligaciones pendientes”.
Descuento por pronto pago
El beneficio por pronto pago consiste en un descuento del 10 % si el impuesto predial se paga antes del 17 de abril de 2026. Si se paga después y hasta el 10 de julio, se pierde el descuento y solo se paga el valor total. Para quienes deciden el pago por cuotas, esta rebaja no aplica.
Con el sistema digital puedes entrar fácil a estos beneficios y pagar a tiempo, así planeas mejor tus impuestos y aprovechas los descuentos que hay. Si tienes que organizar tus cuentas del año, esta opción te ayuda bastante.
Si pagas antes de la fecha límite, puedes obtener el descuento del 10 % por pronto pago que publica la Secretaría Distrital de Hacienda para Bogotá.
Predios exentos y casos especiales del impuesto predial Colombia
Predios totalmente exentos
No todos los inmuebles están obligados a declarar ni a pagar el impuesto predial. Están exentos los salones comunales de las Juntas de Acción Comunal, casas y apartamentos residenciales en estratos 1 y 2 con avalúo catastral inferior a 16 salarios mínimos, tumbas y bóvedas funerarias (si no pertenecen a parques cementerios), y los inmuebles de la Iglesia Católica y otras iglesias reconocidas legalmente.
También se incluyen bienes de uso público, parques naturales estatales, instalaciones militares y de la Cruz Roja, así como inmuebles de la Defensa Civil.
Predios exentos parcialmente
Algunos predios deben declarar el impuesto predial pero solo pagan sobre la parte no exenta. Ejemplos de esto son inmuebles afectados por actos terroristas o desastres naturales, propiedades de víctimas de secuestro o desaparición, y edificios reconocidos como monumentos nacionales o de interés cultural.
En el caso de predios para espectáculos públicos de artes escénicas, existe una exención del 100 % del impuesto predial para los años 2024 a 2030, si se cumplen los requisitos específicos definidos por el Ministerio de Cultura.
Si tienes un predio que sufrió daños por una catástrofe natural o un acto terrorista, puedes pedir la exención presentando una certificación del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER). Esta certificación dura máximo cinco años y el monto exento no puede ser mayor al avalúo de los daños.
Si quieres acceder a una exención, tienes que estar al día con tus obligaciones tributarias y llenar la declaración con el porcentaje exento y los soportes que piden.
Si quieres entender mejor los temas tributarios urbanos, puedes mirar cómo se hacen otros trámites, como la expedición de certificados laborales en Colombia o consultar información sobre el mercado de créditos en el país.
Cómo registrar y declarar un predio nuevo para el impuesto predial
Predios sin CHIP o recién inscritos
Si tu predio es nuevo o no aparece aún en el catastro, igual debes cumplir con la declaración del impuesto predial. Si tienes este caso, haz el trámite por la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Si tienes la matrícula inmobiliaria registrada en la Oficina de Instrumentos Públicos, ya te corresponde cumplir con la obligación tributaria, incluso si todavía no hay un avalúo catastral vigente.
Pasos para la declaración de predios nuevos
1. Ingresa a la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda y selecciona la opción para generar una declaración nueva.
2. Diligencia la información requerida sobre el predio, utilizando los datos que aparecen en el certificado de libertad y tradición.
3. Usa la opción de “Precálculo” para determinar el monto estimado según las características del inmueble. Luego, realiza el cálculo definitivo en el módulo “Liquidación privada”.
4. Firma la declaración y entrégala como persona natural o como empresa, según tu caso. Finalmente, descarga el recibo de pago y realiza la cancelación en línea o en puntos autorizados.
Si tu predio está en proceso de englobe, desenglobe o todavía no tiene CHIP, consulta los canales oficiales de atención o acércate personalmente para que te orienten.
Puedes hacer todos los trámites para registrar y declarar predios nuevos sin pagar nada y sin intermediarios.Si experimentas dificultades, puedes solicitar ayuda en los puntos de atención física o mediante los canales virtuales del Distrito.
Hoy en día, muchos trámites para residentes y empresas ya se pueden hacer en línea, como el acceso a servicios digitales.
Preguntas clave sobre el tributo predial en Colombia
¿Quiénes deben pagar el impuesto predial?
Propietarios, poseedores o usufructuarios de bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional, especialmente en zonas urbanas y rurales de las ciudades.
¿Cuál es la fecha límite para pagar con descuento?
Para 2026, el descuento del 10 % aplica si pagas el impuesto predial antes del 17 de abril.
¿Qué pasa si mi predio no tiene CHIP?
Aun sin CHIP, debes declarar el impuesto usando la matrícula inmobiliaria registrada y seguir el proceso en la Oficina Virtual.
¿Puedo pagar el predial por cuotas si tengo un predio comercial?
Sí, el pago por cuotas está disponible tanto para predios residenciales como no residenciales, presentando la declaración antes del 8 de mayo.
Pagar el impuesto predial en Colombia es un trámite anual que hoy puedes hacer por internet y con varias opciones de pago. Revisa qué modalidad y beneficio aplican para tu predio, y haz la declaración en la Oficina Virtual antes de la fecha límite.
